LEY NUMERO 2847 SANCIONADA: 07/12/94 PROMULGADA: 29/12/94 - DECRETO NUMERO 2297 BOLETIN OFICIAL: NUMERO 3223 LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO SANCIONA CON FUERZA DE L E Y Artículo 1º.- Créase el Fondo Adicional de Financiamiento Educativo Provincial que concentrará los recur sos previstos por el artículo 62, inciso b) de la Ley Orgáni ca de Educación nº 2444 y se destinará a atender el incremen to salarial del sector docente. Artículo 2º.- Integrarán dicho Fondo, además de las asigna ciones establecidas por leyes específicas: a) Los aportes que afecte la provincia por la imple mentación del Pacto Federal Educativo, deducidos los costos adicionales que se destinen a la instru mentación en el territorio provincial de la Ley Federal de Educación. b) Los aportes con destino al sector educativo que pudiere recibir la provincia como consecuencia de cualquier modificación del Título VI de la ley nº 23966. c) Los recursos que provengan de la implementación de impuestos que se afecten específicamente al sistema educativo. d) Los aportes provenientes de la Nación destinados específicamente a salarios docentes. e) Todo otro recurso adicional que se afecte al Fondo creado por esta ley. Artículo 3º.- Créase en el ámbito del Consejo Provincial de Educación, la Comisión de Seguimiento del Fondo de Financiamiento Educativo Provincial que contará con parti cipación sindical, del Poder Legislativo y de la comunidad educativa en general, conforme lo establezca la reglamenta ción. Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.