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Resolución 873 del año 2006

Resolución Nº 873 2006

Índice: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones, normativas básicas, certificaciones, inicio de trámite jubilatorio.

Ministerio de Trabajo de la Naciónestablece que los aportes personales de los trabajadores que desempeñan tareas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 24016 y el Decreto Nº 137/05, serán ingresados con el mismo destino que el aporte correspondiente a la alícuota diferencial prevista en el artículo 1º del Decreto Nacional Nº 137/05.