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Resolución 72 del año 2008 (Consejo Federal de Educación)
Resolución • Nº 72 • 2008
Estado: VigenteCONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN–
El Sistema Nacional de Formación Docente se organizará institucionalmente en todo el país con arreglo a los principios de integración federal y convergencia de las políticas jurisdiccionales con la política nacional.
Aprueba los criterios para la elaboración de la normativa jurisdiccional en materia de
- “Reglamento Orgánico Marco para los Institutos de Formación Docente ” ANEXO I “
- Régimen Académico Marco para las carreras de Formación Docente ”ANEXO II y
- “Concursos docentes” ANEXO III, que forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- La gestión del sistema formador docente se organizará en cada jurisdicción educativa como una unidad específica con nivel no inferior a dirección o equivalente, debiendo contar con una estructura orgánica, equipos técnicos, recursos acordes a los planes de trabajo establecidos, e instancias sistemáticas para la articulación de políticas y la concertación de acciones y proyectos, en lo atinente a su competencia, con el conjunto de las áreas de gobierno, instituciones de formación docente bajo su órbita, universidades y organizaciones gremiales. Las jurisdicciones que cuenten con unidades de nivel superior responsables de la formación docente y de la formación técnico-profesional, deberán considerar las políticas comunes y específicas definidas para ambos tipos de formación. Cada jurisdicción deberá sancionar un reglamento orgánico marco y un régimen académico marco, atendiendo a los criterios comunes establecidos en la presente y sus Anexos, generando los procesos de consulta, debate y consenso necesarios para su formulación. Serán obligatorios para todos los institutos, estipulando los aspectos que serán de definición institucional. Los Institutos Superiores de Formación Docente incorporarán sus especificaciones y particularidades a estos reglamentos con la debida aprobación jurisdiccional para su validez. Cada jurisdicción deberá sancionar también un reglamento de concursos docentes que regirá para todos los institutos de formación docente bajo su dependencia, atendiendo a los criterios comunes establecidos en la presente y su Anexo respectivo, promoviendo los procesos de consulta, debate y consenso necesarios.