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Resolución 5395 del año 2026
Resolución • Nº 5395 • 2026
Estado: VigenteDEJA SIN EFECTO los Artículos 1° y 2° de la Resolución N° 265/93 y su modificatoria Resolución N° 1046/93. ESTABLECE que los/as Directores/as de los establecimientos educativos en que se produzcan los casos contemplados en el artículo 24° del Estatuto Docente, en el término de 48 horas deberán comunicar la nómina del personal titular afectado a la Supervisión Escolar respectiva, la que a su vez elevará a la Junta de Clasificación correspondiente. Las Supervisiones Escolares ubicaran provisoriamente al personal docente titular disponible, ad referéndum de la Junta de Clasificación para la Enseñanza Inicial y Primaria, en cargos vacantes, con respecto de su turno y en el orden establecido en el artículo 25° del Estatuto, mediante la disposición que figura en el Anexo I y II de la presente. APRUEBA los modelos de disposiciones que figuran en el Anexo I “Disposición de reubicación ad referéndumde la Junta de Clasificación para la Enseñanza Inicial o Primaria” y Anexo II de “Disposición de ubicación transitoria para el cumplimiento de funciones efectivas”. ESTABLECE que la disposición Anexo II se utilizara en el marco de lo explicitado en la Resolución N° 3328/11, cuando no haya vacantes disponibles para la reubicación del docente en disponibilidad, a los efectos de cumplimentar las funciones efectivas y DETERMINA que las disposiciones presentes en el Anexo I y II a los efectos de su registro en el sistema, deberán consignarse la situación de revista “Titular en disponibilidad” con la letra R, correspondiente a la reubicación dispuesta ad referéndumde la Junta de Clasificación para la Enseñanza Inicial o Primaria hasta que dicho organismo resuelva la reubicación definitiva.
Vinculada a Resoluciones N°265/93; N°1046/93 y N°3328/11