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Resolución 431 del año 1969
Resolución • Nº 431 • 1969
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33 SALARIOS
Establece que el personal que reemplace como suplente a los directores de todas las ramas de la enseñanza tendrá derecho a percibir haberes en el cargo, únicamente cuando su desempeño no sea menor a treinta días hábiles. De no cumplirse dicho tiempo revestirá como maestro o profesor a cargo de la Dirección.