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Resolución 4228 del año 2002
Resolución • Nº 4228 • 2002
Estado: VigenteModifica la Resolución 2091/92 sobre categoría de Escuelas Hogares. Determina que a los efectos de las titularizaciones o para el ofrecimiento de vacantes en Interinatos y Suplencias, el personal directivo deberá considerarse según lo establecido en el Artículo 82 del estatuto del Docente.
Deja sin efecto la categorización de Escuelas Hogares determinadas por la Resolución 2091/92 en lo que respecta a su denominación en categoría de 1ª, 2ª o 3ª y que en lo sucesivo tendrán como única denominación la de “Escuelas Hogares”. Mantiene lo establecido en la Resolución Nº2091/92, para la provisión de cargos docentes y determina que a los efectos de titularizaciones o para el ofrecimiento de vacantes en interinatos y suplencias , el personal directivo deberá considerarse según lo establecido en el artículo 82º del Estatuto del Docente y no por el artículo 5º de la Resolución 1569/88.