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Resolución 220 del año 2023
Resolución • Nº 220 • 2023
Establece que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de diciembre de 2023, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley N° 26.417, será de PESOS CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS DOCE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($105.712,61).
Establece que el haber máximo vigente a partir del mes de diciembre de 2023, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 9° de la Ley N° 26.417, será de PESOS SETECIENTOS ONCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($711.345,76).