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Resolución 1846 del año 1985
Resolución • Nº 1846 • 1985
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2.3 Organigrama del Consejo Provincial de Educación
Establece que el personal superior, cuyas funciones se encuadren en lo establecido en el Artículo 1 de la Ley 391, podrá computar a los fines del reconocimiento de la antigüedad docente el período desempeñado en el cargo superior.