« Volver al listado de legislación

Resolución 1177 del año 1985

Resolución Nº 1177 1985

Índice: 10.1 REGLAMENTO DE NIVEL: Bandera, ceremonial-Abanderados-Escudo-Himno de Río Negro- Promesa de la Constitución-
Comentario:
Ratificada por Resolución N° 3054/12

ESTABLECE que los alumnos que concurren a unidades educativas dependientes de este Consejo sólo podrán renunciar al honor de izar, arriar, conducir o acompañar la bandera nacional por razones de carácter religioso, fundadas en los principios sustentados por cualesquiera de las religiones o cultos reconocidos por el Estado Nacional e inscriptos en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación.- HACE  extensiva la aplicación de este principio a la veneración, ostentación o portación de los escudos Nacional, Provincial o Municipal, escarapela y distintivos con los colores patrios, y a la entonación del Himno Nacional.  DISPONE  que cuando la abstención contemplada en los puntos precedentes se dé  en el personal de los establecimientos, si éste es directivo deberá delegar la coordinación y dirección de los actos en el personal de la jerarquía inferior inmediata o, en su defecto, en el personal docente más antiguo del primer grado del respectivo escalafón.

Resolucion11771985smbolospatrios