Decreto Ley 2 del año 1998
Prorroga por doce meses desde el 9-6-98 la emergencia económica – financiera y administrativa dispuesta por las Leyes 2881, 2989 y Decreto 531/97.
Digesto
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Prorroga por doce meses desde el 9-6-98 la emergencia económica – financiera y administrativa dispuesta por las Leyes 2881, 2989 y Decreto 531/97.
Prorroga hasta el 31-12-1998 la designación de docentes para la COMISIÓN DE TÍTULOS, por Resolución 567/97.
Aprueba la nómina de vacantes para el concurso ampliado Nº 36 e incorpora las vacantes no cubiertas en la asamblea presencial de los meses de diciembre de 1997 y febrero de 1998. Establece las fechas de asambleas presenciales y determina como fecha de posesión el 07/09/98.
Crea el Fondo solidario de asistencia a desocupados con un aporte del 20% del menor haber bruto que se encuentra como activo y percibe un haber previsional. Histórica- Abrogación expresa por ley 4035.
Establece que la Dirección de Nivel Superior del CPE será la encargada de realizar el trámite interno que requiera la Convalidación de los Certificados de los egresados de la Escuela Superior de Enfermería de la Provincia de Río Negro, dependiente del Consejo Provincial de Salud Pública.
Establece que la Dirección de Nivel Superior del CPE será la encargada de realizar el trámite interno que requiera la Convalidación de los Certificados de los egresados de la Escuela Superior de Enfermería de la Provincia de Río Negro, dependiente del Consejo Provincial de Salud Pública.
Anula Resolución 1780/98. Determina afectación de recursos humanos a los Centros del PROMIN de Gral. Roca. Establece derechos laborales, concepto profesional, remuneración, carga horaria, misiones y funciones y función de las Supervisiones de Nivel Inicial.
Reconoce funcionamiento de escuelas de gestión privada durante los años 1996 y 1997 y prorroga autorización para 1998.
Establece que a partir de 1999 el Instituto de GENERAL ROCA implementará el Profesorado de Primero y Segundo Ciclo de la EGB, como carrera de Formación inicial.
Anula Resolución 1080/96. Establece no-cómputo de inasistencia continua o discontinua a alumnos y docentes que participen en eventos deportivos, educativos o culturales.