Resolución 605 del año 1999
Autoriza para el ciclo lectivo 1999 en el Instituto Zuviría la continuidad de la implementación, con carácter experimental, del tercer ciclo de la EGB.
Digesto
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Autoriza para el ciclo lectivo 1999 en el Instituto Zuviría la continuidad de la implementación, con carácter experimental, del tercer ciclo de la EGB.
Exceptúa a los alumnos de Escuelas de Nivel Primario y de Nivel Medio que cursen carreras artísticas en el Instituto Superior de Artes, del cursado de las materias Educación Física y Música.-
SUPERINTENDENCIA DE RIESGO DE TRABAJO- Los empleadores deberán declarar el alta de sus trabajadores a su Aseguradora de Riesgos del Trabajo con antelación al inicio de la relación laboral. Corresponderá a las Aseguradoras habilitar los medios que posibiliten a los empleadores cumplir con dicha obligación.
Anula resolución 785/99. Exceptúa a los alumnos de las Escuelas primarias y Secundarias, que cursan carreras artísticas en el Instituto Superior de Artes, del cursado de la materia Educación Física.
Establecer pautas para el desplazamiento de cargos del ETAP en aquellos casos que ingresa personal titular designado por acumulación.
Faculta a la Presidencia del CPE de Río Negro a convenir con el Ministerio de Educación de Nación la prórroga hasta el 31 – 12 – 99 de lo dispuesto en la cláusula VIII del acta Complementaria Nº4 del Convenio de Transferencia.
Modifica artículo 14 de la Resolución 1859/92.
Establece que la Dirección de Nivel Medio será la encargada de realizar el trámite interno que requiera la convalidación de las certificaciones completas de los egresados de Cursos de Auxiliares de Enfermería de la Provincia de Río Negro, dependiente del Consejo de Salud Pública y posteriormente registrado en la Dirección de Organización y Recursos Humanos […]
Aprueba los Manuales de Procesos Administrativos Optimizados del Programa de Reforma Administrativa en convenio con el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación, determinando que se comienzan a aplicar en forma escalonada y prioritaria.
Modifica el artículo 3° de la Resolución 1893/98 y establece que el IFDC DE SAN ANTONIO OESTE implementará el profesorado de enseñanza primaria.