Resolución 703 del año 1999
Incorpora en las Escuelas de Educación Básica de adultos a jóvenes menores de 16 años de edad y con un mínimo de 14 años, en las condiciones que se detallan en el anexo de la Resolución.
Digesto
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Incorpora en las Escuelas de Educación Básica de adultos a jóvenes menores de 16 años de edad y con un mínimo de 14 años, en las condiciones que se detallan en el anexo de la Resolución.
Determina que los docentes deberán presentar el N° de CUIL para las designaciones y deberá consignarse en cada Disposición. Tal determinación deberá tenerse en cuenta a partir de las inscripciones del año 1999 ante las Juntas.
Prorroga por 12 meses el plazo de vigencia de la emergencia económica, financiera y administrativa del sector público de la Provincia de Río Negro, dispuesta por Ley 2881, Ley 2989, decreto 531/97 y Decreto Ley 2/98.
Establece en función de los ARTÍCULOS N° 38 Y N° 55 del Estatuto del Docente que será destinado a acumulación el 10% del total de las vacantes publicadas para los movimientos de traslados definitivos, acrecentamientos, reincorporaciones y acumulaciones en las ramas de Nivel Inicial, Primario y Media. Se relaciona con el artículo 1° de la […]
Modifica el artículo 3° de la Resolución 1892/98 y establece que el IFDC DE GENERAL ROCA implementará el profesorado de enseñanza primaria.
Establece la suspensión de los artículos 9, 10 y 11 de la Ley 3238 para aquellos agentes que se hallaren comprendidos dentro de los alcances del Decreto – Ley 6/98 hasta la sanción legislativa de los regímenes estatutario y escalafonario reformulados.
Aprueba la Versión 1.0del Diseño Curricular de la carrera de Formación Docente para el Primer y Segundo Ciclo de la Enseñanza General Básica (EGB 1 y EGB 2).
Autoriza a los agentes de la Ley 1844 desvinculados por el régimen de la Ley 3135 a mantener las horas o cargos docentes titulares, interino o suplentes que poseían al momento de la desvinculación, y por los cuales no hubieran percibido indemnización, sin poder acrecentar los mismos.
Exceptúa a los alumnos de Escuelas de Nivel Primario y de Nivel Medio que cursen carreras artísticas en el Instituto Superior de Artes, del cursado de las materias Educación Física y Música. Queda sin efecto por Resolución N°1430/99
Determina que las Juntas de Clasificación aceptarán con carácter de provisorio la constancia de finalización de estudios y promedio general, a los fines de permitir la inscripción para interinatos y suplencias y asistencia a las asambleas presenciales. Anulada por Resolución N°1565/07