Decreto Ley 7 Modificado del año 2003
Modifica el artículo 5º del decreto 7/97en relación al Haber bruto a percibir por los beneficiarios y otorga un incremento del 11% sobre su haberes.
Digesto
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Modifica el artículo 5º del decreto 7/97en relación al Haber bruto a percibir por los beneficiarios y otorga un incremento del 11% sobre su haberes.
Crea el PROGRAMA FEDERAL DE HUERTAS EDUCATIVAS a desarrollarse en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con acuerdo del Consejo Federal de Cultura y Educación. .
Aprueba convenio del centro de Atención para Adolescentes embarazadas, con el Obispado de Viedma.
Constituye el Comité Institucional de Organización y Recursos Humanos del Consejo Provincial de Educación.
Recurso que determina que el punto 25 de la Resolución 100/95 es aplicable siempre y cuando no se violen otras previsiones expresas de la norma, es decir que no debe contemplarse aisladamente, sino por el contrario, vincularse con todo el articulado de la Resolución.
Aprueba el anexo II del Manual de Títulos para el Nivel Inicial y su Anexo I – Resoluciones 1634/98 y 1671/00- para los Jardines Maternales y Jardines de Infantes. Se suprime del Manual de Títulos y su Anexo I (Res 1634/98 y Res 1671/00) los títulos y/o competencias que están expresamente indicados en el Anexo […]
Deroga las Resoluciones 2804/99, 533/00, 24/01, 25/01 y aprueba un nuevo Reglamento de Equivalencias entre Planes de Estudio de Nivel Medio. Anulada por Resolución N°4265/03
Establece que no sean computados como parte de las licencias por artículo 2º “largo tratamiento” los días correspondientes al artículo 1º Licencia Anual Reglamentaria, ambos del régimen de Licencias e Inasistencias – Resolución 233/98. Rectificada por Resolución N°3657/03
Código Procesal Penal de la Nación. Incorpórase al libro II, título III, capítulo IV del Código Procesal Penal de la Nación, el artículo 250 bis, el que quedará redactado en los siguientes términos: Cuando se trate de víctimas de los delitos tipificados en el Código Penal, libro II, título I, capítulo II, y título III, […]
Autoriza que se conceda la toma de posesión automática a los docentes que se encuentran ocupando cargos de mayor jerarquía funcional o presupuestaria, en las horas cátedras o cargos obtenidos en los movimientos de traslados, acumulaciones y acrecentamiento en el Nivel MEDIO y que se encuentran con postergación de toma de posesión.