Resolución 691 del año 1963
Establece las normas para determinar los derechos y obligaciones del personal Docente dependiente del Consejo Provincial de Educación. Es el antecedente al dictado de la Ley 391.
Digesto
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Establece las normas para determinar los derechos y obligaciones del personal Docente dependiente del Consejo Provincial de Educación. Es el antecedente al dictado de la Ley 391.
Determina que mientras dure la tramitación de su jubilación, los docentes de todas las ramas de la enseñanza podrán continuar desempañando sus tareas, con percepción de los haberes correspondientes, cesando en sus funciones el último día del mes en el que la Caja Nacional de Previsión comunica que ha sido acordado el beneficio.
22-2-1962- Estatuto del Docente Suprime la última oración del último párrafo del artículo 9° y 62° de la Ley 14473. J.M.Guido- Mojardín MODIFICA A UNA NORMATIVA
Crea el Instituto Superior del Profesorado Secundario de la Provincia de Río Negro en las ramas de Humanidades, Ciencias Físico-Matemáticas y Ciencias Biológicas. Crea el Instituto Superior del Profesorado Secundario de la provincia de Rio Negro. Carácter de la Norma: GENERAL Estado: Derogada (No Vigente) Firmado el 31-12-1962 Publicado en el Boletín Oficial del 20-04-1963 […]
Ley de educación de la Provincia de Río Negro. CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION-LEY EDUCATIVA-ENSEÑANZA. Histórica – Abrogación expresa por Ley 2444, según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007)
Monumentos, Lugares y Patrimonio Históricos. Educación y Cultura: TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).
Aprueba los siguientes convenios adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo: 87 (Libertad sindical y protección del derecho de sindicación); 105 (Abolición del trabajo forzoso); 107 (Protección e integración de las poblaciones indígenas, tribuales y semitribuales en los países independientes).
Sistema de Previsión Social de la Provincia de Río Negro. Histórica – Abrogación expresa por Ley 1491.
Reglamenta la Ley 23 de Escuelas Hogares- TEXTO CONSOLIDADO DEL DECRETO PROVINCIAL F N°226-59
Los conflictos de intereses cuyo conocimiento sea de la competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se substanciarán conforme a las disposiciones de la presente ley. Suscitado un conflicto que no tenga solución entre las partes, cualquiera de éstas deberá, antes de recurrir a medidas de acción directa, comunicarlo a la autoridad administrativa, para […]