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Ley Nacional 8871 del año 1912
Ley • Nº 8871 • 1912
Estado: Anulada
Índice:
20 LEYES Y NORMAS NACIONALES: de Carácter General y Educativas
De Elecciones Nacionales -13 de Febrero de 1912
De la Calidad, derechos y deberes del Elector.
Artículo 1°: son electores nacionales los ciudadanos nativosy los naturalizados desde los 18 años cumplidos de edad siempre que esten inscriptos unos y otros en el padrón electoral.