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Ley Nacional 27046 del año 2014

Ley Nº 27046 2014

Estado: Vigente
Índice: 10.15 REGLAMENTOS DE NIVEL: Lineamientos para la ESI (Educación Sexual Integral)- Políticas de Género- 10.5 REGLAMENTO DE NIVEL: Derechos de los/as niños/as y Adolescentes - Tratados Internacionales- Planes Especiales- 20 LEYES Y NORMAS NACIONALES: de Carácter General y Educativas

Establece la obligación de exhibir en lugar visible una leyenda que diga en letra clara y legible: “La explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y la trata de personas en la Argentina es un delito severamente penado. Denúncielo”. La autoridad de aplicación establecerá el formato, los idiomas en que figurará la leyenda y el número de la línea telefónica gratuita receptora de denuncias sobre explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y trata de personas que se encuentre vigente.

Ámbito de aplicación. Lo dispuesto en el artículo 1º será implementado en aeropuertos nacionales e internacionales, terminales portuarias, terminales de transporte terrestre, medios de transporte público, pasos fronterizos, oficinas públicas de turismo y lugares oficiales de promoción del país, pudiendo la autoridad de aplicación ampliar los espacios enumerados de acuerdo a las necesidades, estratégicas del área correspondiente.

Ley 27046 (trata de personas)