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Ley Nacional 25599 del año 2002

Ley Nacional Nº 25599 2002

Estado: Modificado
Comentario:
por Ley 26208

Establece los requisitos con los que deberán contar aquéllas que brinden servicios a contingentes estudiantiles. Definición de Turismo estudiantil. Presentación de Declaraciones Juradas y contratos de venta de servicios. Contenido. Autoridad de aplicación.

Las agencias de viajes turísticos debidamente habilitadas e inscriptas en el Registro de Agentes de Viajes de la Secretaría de Turismo de la Nación, de conformidad con la ley 18.829 que brinden servicios a contingentes estudiantiles, deberán contar con un “Certificado nacional de autorización para agencias de turismo estudiantil”.

Ley 25599 (turismo estudiantil)