« Volver al listado de legislación
Ley 4791 del año 2012
Ley • Nº 4791 • 2012
Modifica el artículo 34 de la ley K nº 2753, el que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 34.- “El vocal representante de los afiliados obligatorios deberá tener, como mínimo, veintiún (21) años de edad y tres (3) años como afiliado al I.Pro.S.S., durará tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelecto”.