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Ley 4791 del año 2012

Ley Nº 4791 2012

Modifica el artículo 34 de la ley K nº 2753, el que queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 34.- “El vocal representante de los afiliados obligatorios deberá tener, como mínimo, veintiún (21) años de edad y tres (3) años como afiliado al I.Pro.S.S., durará tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelecto”.

Ley 4791 (IPROSS)