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Ley 391 del año 1964 (Permutas)

Ley Nº 391 1964

Estado: Vigente
Índice: 15 ESTATUTO DEL DOCENTE- Contrato de Trabajo-Normas Modificatorias- 22.4 MOVIMIENTO DE PERSONAL: Permutas- Cambio de Turnos

Estatuto del Docente – ARTÍCULO N° 32º Ley 391- 

Establece el derecho a solicitar el cambio de destino – Permuta –  en cargos de igual jerarquía, denominación y categoría  y hacerlo efectivo en cualquier época del año, previa autorización del Consejo Provincial de Educación.


CUADRO SOBRE PERMUTAS JURISDICCIONAL E INTERJURISDICCIONAL

Artículo 32 Ley 391