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Ley 3847 del año 2004

Ley Nº 3847 2004

Índice: 35 SUMARIOS y NORMAS DE RECURSO: Organismo- Procedimientos- Mediación - Junta de Disciplina -Representaciones Docentes-

Instituye en la Provincia de Río Negro con implementación gradual, y con el alcance establecido en la presente Ley, la instancia de mediación y todo otro método alternativo de resolución de conflictos previo o posterior a la iniciación del juicio, en las siguientes cuestiones:

 

a)      Patrimoniales del fuero civil, comercial y de minería.

b)      De familia.

c)      Penal

d)      Laboral.

 

Son técnicas formales de resolución de conflictos sin que ello implique limitación: la conciliación, la transacción, el arbitraje, la mediación, la mediación con arbitraje vinculante y toda aquella metodología alternativa no adversarial de resolución de conflictos.

Quedan excluidos de la presente Ley los programas de Mediación Comunitaria, Vecinal y Escolar.

 

Procesal:

TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).

 

Ley 3847 (resolución de conflictos)