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Ley 3680 del año 2002
Ley • Nº 3680 • 2002
Las universidades públicas nacionales tendrán prioridad en la contratación para los servicios de consultoría, asesoramiento, capacitación, auditoria técnica y/o de investigación de los organismos estatales centralizados, descentralizados, entidades autárquicas, empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades de economía mixta, obras sociales del sector público y todo otro ente donde el Estado Provincial o sus entes descentralizados tengan proporción total o mayoritaria de capital o en formación de las decisiones societarias.
Educación y Cultura:
TEXTO DEFINITIVO, según ley 4270 y 4312 Digesto Provincia de Río Negro (Año 2007).