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Ley Provincial 3239 del año 1998

Ley • Nº 3239 • 1998

Estado: Derogada
Índice: 19 LEYES Y NORMAS GENERALES PROVINCIALES: de Carácter General y Educativas 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones, normativas básicas, certificaciones, inicio de trámite jubilatorio.

Créase el Fondo Solidario de Asistencia a Desocupados destinado a brindar asistencia económica, social y de capacitación para los habitantes de la Provincia de Río Negro que, teniendo carga de familia no
cuenten con un puesto de trabajo remunerado. El Fondo creado de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente, estará integrado por el aporte obligatorio de los agentes públicos que a su vez se
encuentren percibiendo beneficios previsionales de cualquier sistema o régimen previsional de que se trate, exceptuados los que sólo perciban beneficios previsionales derivados de pensión. Tal aporte será del veinte por ciento (20%) del menor haber bruto que corresponda al agente, excluyendo asignaciones familiares, y se descontará de la remuneración que perciba como activo.

Abrogación expresa   por ley N°4035.

Ley 3239 (Aporte solidario)