« Volver al listado de legislación
Ley 24635 del año 1996
Ley • Nº 24635 • 1996
Índice:
20 LEYES NACIONALES
Establece que los reclamos individuales y plurindividuales que versen sobre conflictos de derecho de la competencia de la justicia nacional del trabajo, serán dirimidos con carácter obligatorio y previo a la demanda judicial, ante el organismo administrativo creado por el art. 4º de esta ley, el que dependerá del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.