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Ley Provincial 2281 del año 1988
Ley • Nº 2281 • 1988
Estado: Anulada
Índice:
15 ESTATUTO DEL DOCENTE- Contrato de Trabajo-Normas Modificatorias-
19 LEYES Y NORMAS GENERALES PROVINCIALES: de Carácter General y Educativas
35 SUMARIOS y NORMAS DE RECURSO: Organismo- Procedimientos- Mediación - Junta de Disciplina -Representaciones Docentes-
Plazos para resolver sumarios. (15-12-88). Se agrega al Artículo 63 de la Ley 391:
“Concluido el sumario, de conformidad a las normas establecidas en el Reglamento Interno, la Junta de Disciplina deberá dar dictamen en un plazo perentorio de quince (15) días hábiles, a partir de los cuales el Consejo Provincial de Educación deberá dictar Resolución en un plazo perentorio de treinta (30) días hábiles.
Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007)