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Ley 2040 Anulada del año 1985

Ley Nº 2040 1985

Estado: Anulada
Índice: 15 ESTATUTO DEL DOCENTE
Comentario:
Histórica - Caducidad

Fíja transitoriamente en cuarenta (40) años de  edad  y la respectiva compensación de servicios, el  límite  establecido  en  el  artículo 68  de  la  ley  391 (Estatuto  del  Docente)  para los aspirantes a ingreso  en  la  docencia  Primaria,  que  presten o hayan  prestado  servicios docentes  en establecimientos ubicados en el territorio de  la Provincia,


Caducidad según Digesto Provincial, por Ley 4270 y 4312 (Año 2007)

Ley2040porArt68Estatuto