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Decreto provincial 652 del año 2012
Decreto provincial • Nº 652 • 2012
01/06/12- Gobernador de la Provincia –
La suspensión de la jornada escolar de Establecimientos dependientes del Ministerio de Educación, será resuelta mediante disposición fundada del Coordinador del Consejo Escolar Zonal, sin apartarse de las causales previstas en el Calendario Escolar, considerando las mismas con carácter restrictivo.
La Disposición que suspende la Jornada Escolar deberá ser comunicada a la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Educación, dentro de las 24 horas subsiguientes a su dictado.