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Decreto Nac. 614 del año 2025

Ley Nº 614 2025

Estado: Vigente
Índice: 2.8 Calendario escolar

Establécese que los feriados nacionales trasladables conforme lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 27.399, cuyas fechas coincidan con un día sábado o domingo podrán trasladarse al lunes inmediato posterior o al último viernes inmediato anterior, según lo determine la Autoridad de Aplicación.

Decreto Nacional 614-2025 (Feriados trasladables)