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Decreto Nacional 73 del año 2019
Decreto • Nº 73 • 2019
Estado: Vigente
Índice:
28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones, normativas básicas, certificaciones, inicio de trámite jubilatorio.
Otorga un subsidio extraordinario por un monto máximo de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) que se abonará en el mes de diciembre de 2019, y por un monto máximo de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) que se abonará en el mes de enero de 2020. Los mismos serán liquidados en las condiciones establecidas en el artículo 3° del presente decreto, a:
- a) Los beneficiarios y beneficiarias de las prestaciones previsionales del SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) a que refiere la Ley N° 24.241 sus modificatorias y complementarias.
- b) Los beneficiarios y beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida en el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias.-
- c) Los beneficiarios y beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de SIETE (7) hijos o hijas o más, y demás pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.