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Ley Provincial 5224 del año 2017

Ley Nº 5224 2017

Estado: Vigente
Índice: 16 INCLUSIÓN DE ESTUDIANTES- Lineamientos de Inclusión para las personas con discapacidad- Responsabilidades- Certificaciones 16.1 LEY 2055 19 LEYES Y NORMAS GENERALES PROVINCIALES: de Carácter General y Educativas

Se incorpora el inciso h) al artículo 50 de la ley D n° 2055 “Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad. Consejo Provincial de Personas con Discapacidad. Creación”, el cual queda redactado de la siguiente manera:

 “h) Balnearios: Todos los balnearios de la provincia deberán contar con al menos una silla anfibia para su uso gratuito por parte de personas con alguna discapacidad motriz, permanente o transitoria, debiendo disponer además de cartelería indicativa donde se especifique la existencia del servicio, sus condiciones de uso y contar con personal capacitado

en el uso de la misma”.

Ley 5224 (Educ Especial)