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Ley 5171 del año 2016

Ley • Nº 5171 • 2016

Estado: Vigente
Índice: 10.2 REGLAMENTO DE NIVEL: Boleto Estudiantil - Transporte Esolar 10.7 REGLAMENTO DE NIVEL: NIVEL INICIAL-Proceso de cobertura desde 1958 10.8 REGLAMENTO DE NIVEL: NIVEL PRIMARIO 10.9 REGLAMENTO DE NIVEL: NIVEL SECUNDARIO (Normas Generales y Específicas)

Se modifica el artículo 6º de la ley S nº 2942, el que queda redactado de la siguiente manera:

“ Artículo 6º.- El Consejo Provincial de Educación  instrumenta la implementación de la Educación Vial, como temática a tratar en la enseñanza de los niveles inicial y primario, incorporando su obligatoriedad en la currícula de educación secundaria, con el fin de que al egresar de la misma el estudiante tenga conocimientos claros sobre reglas de tránsito, derechos del transeúnte y del ciclista, influencia del consumo de alcohol y estupefacientes en la prevención de accidentes, consecuencias trágicas de una conducción insegura, la responsabilidad penal y civil por accidentes viales, entre otros”.

Ley 5171 (transporte)