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Disposición 17 del año 2016
Disposición • Nº 17 • 2016
Comentario:
de la DES y N° 20 conjunta de la DETJA/FP
de la DES y N° 20 conjunta de la DETJA/FP
Denomina turno escolar al lapso comprendido entre el ingreso y el retiro de los estudiantes del Establecimiento, de cualquier turno y modalidad del nivel Secundario, una vez completado el trabajo en la jornada escolar. Establece que el Vicedirector deberá cumplir una carga horaria definida por la duración del turno según lo establezca cada modalidad.
Determina el cumplimiento de la carga horaria de los Directores de acuerdo a lo establecido en el Anexo IV del Decreto 1095/92.