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Resolución 2420 del año 2013
Resolución • Nº 2420 • 2013
Comentario:
Artículos 1° y 2° sin efecto por Resolución N° 837/15.
Artículos 1° y 2° sin efecto por Resolución N° 837/15.
ESTABLECE que los Miembros de las Juntas de Clasificación para la Enseñanza Inicial, para la Enseñanza Primaria y para la Enseñanza Secundaria se renovarán en forma total cada cuatro años.
ESTABLECE que los miembros de la Junta de Disciplina se renovarán en forma total cada cuatro años.
EL Consejo Provincial de Educación convocará a elecciones para la renovación de los miembros de Juntas de Clasificación y Disciplina, con una anticipación no menor a 120 días de la finalización de los mandatos.