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Ley Nacional 26075 del año 2005
Ley • Nº 26075 • 2005
Estado: VigenteINCREMENTO DE INVERSION EN EDUCACION. EDUCACION-PROGRAMA NACIONAL DE COMPENSACION SALARIAL DOCENTE-DOCENTES-FONDO NACIONAL DE INCENTIVO DOCENTE – El Gobierno nacional, los Gobiernos provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aumentarán la inversión en educación, ciencia y tecnología, entre los años 2006 y 2010.Informe Técnico del Ministerio sobre FINANCIAMIENTO.-Amplia la vigencia del Pago del Incentivo Nacional por Cinco añosdesde el año 2004 (Artículo 19º), modificando el Artículo 1º de la Ley 25919.
Artículo 2° de la Ley: El incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología se destinará, prioritariamente, al logro de los siguientes objetivos:
……
- b) Garantizar un mínimo de DIEZ (10) años de escolaridad obligatoria para todos los niños, niñas y jóvenes. Asegurar la inclusión de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales.
Lograr que, como mínimo, el TREINTA POR CIENTO (30%) de los alumnos de educación básica tengan acceso a escuelas de jornada extendida o completa, priorizando los sectores sociales y las zonas geográficas más desfavorecidas.
CUADRO SOBRE FINANCIAMIENTO EN EDUCACIÓN
NORMA COMPLEMENTADA POR VARIASNORMATIVAS
Vinculado al decreto nacional 457/07 – Modificado por Decreto Nacional N°341/25