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Resolución 318 del año 2010

Resolución Nº 318 2010

Índice: 23 MOVILIDAD DOCENTE: Bonificación - Procedimientos

ESTABLECE,  a  partir 
de  la  presente, 
que  el  monto mensual, a reconocer en  concepto de compensación por movilidad
docente
(exceptuando la movilidad por función) no podrá superar en
ningún caso el equivalente a la liquidación de 1000 kilómetros mensuales,

en virtud a lo expuesto en los considerandos de la presente. Toda   excepción 
deberá  ser  tramitada 
y  otorgada por ante la  Vocalía del Consejo Provincial de Educación,
a partir del análisis de las situaciones particulares, contando con la debida
fundamentación de los responsables del Servicio involucrado (Director,
Supervisor, Delegado, Dtor. Nivel) de forma tal que quede establecida  la razonabilidad de la propuesta por sobre
las otras alternativas disponibles (vivienda, transporte público, transporte
escolar, etc).