« Volver al listado de legislación

Ley Nacional 26508 del año 2009

Ley • Nº 26508 • 2009

Estado: Vigente
Índice: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones, normativas básicas, certificaciones, inicio de trámite jubilatorio.

Amplía al personal docente de las universidades públicas nacionales, no comprendido en las Leyes 22.929, 23.026 y 23.626 el beneficio instituido en la Ley 22.929, con los requisitos y modalidades establecidos en los inciso, determinando que tendrán derecho a la jubilación ordinaria docente universitaria los docentes que tengan veinticinco (25) años de servicios universitarios docentes de los cuales diez (10) como mínimo continuos o discontinuos deben ser al frente de alumnos, entre otros requisitos. Se promulga por Decreto 1175/2009, con observaciones


Esta norma es complementada o modificada por 

Reglamentada por Resolución N°33/09  Agregado por Resolución 4/2018 (SSS)

Ley26508JubilacinDocentesuniversitarios