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Resolución 2170 del año 2008 (Ministerio de Educación Nacional)

Resolución Nº 2170 2008

Estado: Vigente
Índice: 17 NIVEL SUPERIOR: INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE- Títulos-Curriculum- Designaciones- Reglamentaciones 36 TÍTULOS: Competencia- Incumbencias- Clasificación- Comisión de Títulos- Procedimientos-

VALIDEZ NACIONAL DE TÍTULOS-

Ministerio de Educación de la Nación-

La validez nacional de los títulos y certificaciones, que emitan las instituciones de gestión estatal creadas y de gestión privada reconocidas por las autoridades educativas nacionales, provinciales y de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, correspondiente a estudios jurisdiccionales presenciales de Formación Docente de todos los niveles y modalidades previstos por la Ley Nº 26.206, será otorgada mediante el procedimiento que se dispone por la presente resolución.

Todos los diseños curriculares y/o planes de estudios que se aprueben jurisdiccionalmente, deberán ajustarse al marco de referencia prescripto por el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, observando en particular los requisitos establecidos sobre:

  1. Denominación del título.
  2. Carga horaria mínima establecida por el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, que en ningún caso será inferior a 2600 horas/reloj.
  3. Organización de los estudios en la cantidad de años académicos establecidos por el CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, que en ningún caso será inferior a 4 años académicos.
  4. Organización en torno a los tres campos de conocimiento presentes en cada uno de los años: Formación General, Formación Especifica y Formación en la Práctica Profesional.
  5. Presencia de la Residencia Pedagógica en el último año académico.


Resolucion21702008validezdeTit.Docentes