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Ley Nacional 25372 del año 2000
Ley • Nº 25372 • 2000
Estado: Vigente
Índice:
20 LEYES Y NORMAS NACIONALES: de Carácter General y Educativas
28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones, normativas básicas, certificaciones, inicio de trámite jubilatorio.
ARTICULO 1° — Incorpora como artículo 7° bis de la Ley 24.463, de solidaridad previsional, el siguiente:
Artículo 7° bis: No se entenderán como movilidades las reliquidaciones por rectificación que deban efectuarse en el haber de prestación de las jubilaciones y pensiones, cuya causa fueren errores materiales y/u omisiones producidos por la ANSeS o la repartición de origen.