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Resolución 671 del año 2007
Resolución • Nº 671 • 2007
MODIFICA el primer párrafo del punto C- POR SERVICIOS DOCENTES, del Anexo de
“Se computarán en todos los casos, por cada año o fracción no inferior a seis (6) meses, todos los servicios docentes, continuos o discontinuos, con concepto no inferior a BUENO/PARCIAL, prestados como titular, interino o suplente con anterioridad a la apertura de la inscripción, en establecimientos nacionales, provinciales, municipales o privados debidamente reconocidos, totalizándose en cada caso en años, meses y días sin límite de puntos, con las siguientes valoraciones:”