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Resolución 695 del año 1995
Resolución • Nº 695 • 1995
Estado: Vigente
Índice:
17 NIVEL SUPERIOR: INSTITUTOS DE FORMACIÓN DOCENTE- Títulos-Curriculum- Designaciones- Reglamentaciones
2.6 Procesos Administrativos y Políticos
39.3 EVALUACIÓN: NIVEL SECUNDARIO
Modifica la Resolución 3306/88. Establece tiempo de remisión de certificados analíticos.
Modificar la Resolución N° 3306/88 sobre Legalización de Certificados o Títulos en el inciso b del art.1 – Se sustituye el texto del inciso b del articulo 1 por el siguiente: Todos los establecimientos de Nivel Medio y Superior sin excepción remitirán los certificados a las Coordinaciones Regionales dentro de los treinta días de la fecha en que los alumnos finalicen sus estudios.