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Ley 1566 Derogada del año 1982

Ley Nº 1566 1982

Estado: Derogada
Índice: 28 RÉGIMEN PREVISIONAL: Jubilaciones, normativas básicas, certificaciones, inicio de trámite jubilatorio.

Determina que los anticipos jubilatorios sólo se abonen por dos años.


Histórica- Abrogación implícita por Ley 2988.

Ley1566