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Resolución 1928 del año 2021
Resolución • Nº 1928 • 2021
ESTABLECE que el encuadre por Reemplazo Provisorio por no computo de inasistencia del docente dispensado, se realizará por la vía jerárquica según el nivel educativo correspondiente, a través de los equipos directivos y en conjunto con los equipos supervisivos, quienes analizarán y definirán la necesidad institucional en pos de garantizar la continuidad pedagógica en la presencialidad. La misma deberá ser remitida a la Dirección de Nivel para su conocimiento y análisis.
El reemplazo fijado tendrá vigencia mientras dure la dispensa, hasta que la inmunización por vacunación (Resolución Nº 332/21 de la Secretaría de Estado de Trabajo) permita la reincorporación del docente a sus actividades laborales presenciales o por determinación de las autoridades sanitarias, según corresponda.